ESTATUTOS DE AZ-ZAIT (capitulo cuarto)
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ESTATUTOS DE AZ-ZAIT (capitulo cuarto)
CAPITULO CUARTO
Patrimonio Fundacional y Régimen Presupuestario
Artículo 38.-. El patrimonio fundacional de la Asociación asciende a 0 euros. Los cierres de los ejercicios económicos serán los días 31 de diciembre de cada año.
Artículo 39.- Los recursos económicos previstos por la asociación para el desarrollo de las actividades sociales, serán las siguientes:
a) Las cuotas de entrada que señale la Junta Directiva.
b) Las cuotas periódicas que acuerde la misma.
c) Los productos de los bienes y derechos que le corresponda, así como las subvenciones, legados y donaciones que pueda recibir en forma legal.
d) Los ingresos que obtenga la asociación mediante las actividades descritas que acuerde realizar la Junta Directiva. siempre dentro de los fines estatutarios.
Los recursos obtenidos por la Asociación, en ningún caso podrán ser distribuidos entre los socios.
Patrimonio Fundacional y Régimen Presupuestario
Artículo 38.-. El patrimonio fundacional de la Asociación asciende a 0 euros. Los cierres de los ejercicios económicos serán los días 31 de diciembre de cada año.
Artículo 39.- Los recursos económicos previstos por la asociación para el desarrollo de las actividades sociales, serán las siguientes:
a) Las cuotas de entrada que señale la Junta Directiva.
b) Las cuotas periódicas que acuerde la misma.
c) Los productos de los bienes y derechos que le corresponda, así como las subvenciones, legados y donaciones que pueda recibir en forma legal.
d) Los ingresos que obtenga la asociación mediante las actividades descritas que acuerde realizar la Junta Directiva. siempre dentro de los fines estatutarios.
Los recursos obtenidos por la Asociación, en ningún caso podrán ser distribuidos entre los socios.

Pepe Aguilar- Admin
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